DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS:
- Ejercicio de la libertad individual
- Conocer el reglamento interno del servicio
- Saber previamente a su ingreso el informe público en el que se detalle los resultados de la evaluación periódica a la que están sometidos los servicios residenciales.
- Recibir una atención personalizada
- Mantener el secreto en sus comunicaciones.
- Intimidad y privacidad.
- Considerar el centro residencial como su domicilio
- Sistema interno de recepción, seguimiento y resolución de quejas y sugerencias.
- Mantener objetos personales significativos.
- Práctica religiosa que no altere el funcionamiento normal del centro.
- No ser sometido a ningún tipo de inmovilización o de restricción física o tratamiento farmacológico sin prescripción facultativa.
- Conocer el precio de los servicios que recibe.
- Participación.
DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS:

- Observar una conducta basada en el respeto mutuo, la tolerancia y la colaboración para facilitar la convivencia y la resolución de problemas.
- Respetar al personal de los servicios y sus derechos.
- Utilizar y cuidar de manera responsable las instalaciones.
NORMATIVA APLICABLE:

- Ley de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia (ley de dependencia).
- Ley foral 15/2006 de Servicios Sociales
- Plan de calidad de los Servicios Sociales de Navarra
- Cartera de Servicios Sociales de Navarra
- Decretos Forales.
- Normativa del centro.
SISTEMA DE QUEJAS Y SUGERENCIAS:

Existe la posibilidad de realizar quejas y sugerencias mediante:
- El buzón.
- Consejo de participación.
- Encuestas